Gracias al blog de VarthDeider, replico las preguntas que serán sometidas a consulta popular con mis respectivos comentarios (son mis comentarios y yo pienso lo q a mi chucha m da la gana):
1. ¿Está usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar las trabas irrazonables en la administración de justicia por parte de juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de órganos auxiliares de la Función Judicial, como establece el anexo 1?
ANEXO 1
Incorpórese a continuación del primer inciso al numeral 9 del artículo 77 uno que dirá:
"La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o pridujera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defendor público, periotos o servidores de organos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad de la ley".
COMENTARIO: Totalmente de acuerdo (entiendase como respuesta SI). Resulta injusto que criminales salgan libres haciendo "la trampa" de dilatar su juzgamiento.
2. ¿Está usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?
ANEXO 2
El artículo 77 numeral 1 dirá:
"La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jeuza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las fotrmalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitops establecidos en la ley".
El artículo 77 numeral 2 dirá:
"La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley".
COMENTARIO: Hasta este momento no me resulta claro
3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
ANEXO 3
El primer inciso del artículo 312 de la Constitución dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente".
En el primer inciso de la disposición transitoria vigésimo novena dirá:
"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referéndum".
COMENTARIO: Totalmente deacuerdo. En verdad que todas las personas tenemos el derecho de "hacer empresa" en lo que chucha nos dé la gana siempre y cuando no se atente contra los derechos de terceros. Pero es totalmente diferente la manipulacion que crean estos a tener ese poder, esto planteara y mejora los controles para evitar que los banqueros desvíen fondos de sus clientes hacia otras empresas y toda la corrupcion que ocurreen estos sistemas y la prensa los oculta.
4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?
ANEXO 4
El artíclo 20 del Régimen de Transición dirá:
"Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura. En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la República, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán sometidos a juicio político. Este Consejo de la Judicatura transitorio tendrá todas las facultades establecidas en la Cosntitución, así como las dispuestas en el Código Orgánico de la Función Judicial, y ejercerán sus funciones por un período improrrogable de 18 meses.
El Consejo de la Judicatura definitivo se conformará mediante el procedimiento establecido en la Constitución enmendada. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social asegurará que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén desinganso antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transición.
Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura.
Suprímase la disposición transitoria primera del Código Orgánifo de la Función Judicial".
COMENTARIO: Totalmente deacuerdo. Este mecanismo de reestructuración es uno mas pero, considero que, la mierda de justicia del pais necesita reestructurarse y me la juego por esta opcion.
5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como establece el anexo 5?
ANEXO 5
Enmiéndese la Constitución de la República del Ecuador de la siguiente manera:
"Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, quien lo presidirá; por el Fiscal General del Estado; por el Defensor Público; por la Función Ejecutiva; y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior, serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros".
COMENTARIO: Si. Nuevamente, me la juego por esta opcion.
Así quedaron redactadas las preguntas de la Consulta Popular
1.¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo, el enriquecimiento privado no justificado?
COMENTARIO: SI, si es inteligente, entendera el xq.
2.¿Está usted de acuerdo que en el país se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?
COMENTARIO: VOTO NO. Todos tenemos derecho a gastarnos la plata en lo que chucha nos dé la gana. Además prohibiendo el juego no se erradica el juego; lo que se hará en fomentar el juego ilegal y tapiñado (El depar de Luna seria fijo un casino, mas alcohol y grillas seria la puerta al infierno jajajaja).
3.¿Está usted de acuerdo que en el cantón de su domicilio se prohíba los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal?
COMENTARIO: SI, me parece inhumano estas matanzas x divertir a unos cuantos pocos, y se busca defender los "derechos de los animales" consagrados en la constitución de Ecuador... Aunque todos tenemos el derecho de asistir y observar los espectáculos que nos guste.
4.¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores?
COMENTARIO: SI. Necesitamos una ley q calle a esos payasos q dicen los q les da la gana sin importar nada, necesitamos informacion verificada y real. no especulaciones.
5. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación de dependencia?
COMENTARIO: SIIIIII. Ojala y el IESS mejore aun mas la prestación de servicios de salud y se preste un servicio mas ágil, oportuno y de calidad. Injustucia, van a gritar algunos y tipicos los q mas tienen dinero y q son mas afrentosos...
El pueblo ecuatoriano no sufre de amnesia ni mucho menos es masoquista. Hoy los llamados opositores son todos los q destruyeron e hicieron con el pais lo q m mierda les dio la gana...Antes c reformaba la Constitución, inventaban decretos entre gallos y media noches, el pueblo no sabía nada y hoy tenemos un Gobierno que pregunta y consulta al pueblo que da cuentas de su trabajo y eso s de rescatar.
Antes, recordemos a Radio Sucre de Vicente Arrobadito diciendo estupideces de Rodrigo Borja cuando era presidente. Él clausuró la radio, la prensa no dijo nada sencillamente porque todos eran de lo mismo, cuando el pueblo quería expresarse en algún tema que diga la verdad sencillamente no salía al aire, ahora tenemos la libertad de expresarnos en las urnas por eso tenemos que analizar bien y V O T A R a esta consulta popular.
Y señor, si usted le cae mal Correa o no le gusta kmo trabaja este gobierno, La única salida es conseguir un candidato que lo confronte con la misma fuerza, pero no del grupo de siempre xq usted ya sabe lo q va a pasar. Se necesita a alguien nuevo y con ideas frescas y que trabaje para el Pueblo, recordemos que el Pueblo q somos la mayoria ya c acostumbro al trabajo de Correa y todo lo q ac x ellos. Alguien sin un antecedente que pueda ser utilizado para desacreditarlo, recuerden q tu enemigo (Correa) es mas sabido y usa mejor sus armas.. El man te puede atacar con todo su arsenal y tú, como la verga, disparas con una pistola de agua.
Solucion para los anticorreistas y anti revolucion ciudadana: Como dije, un desconocido sin antecedentes es la pinta. Basta que este bien preparado o lo preparen bien, buenas ideaa. Que aprenda atacar a Correa. Que lo ataque constantemente hasta que el presidente pierda los estribos y cometa un error que le cueste votos. Ese es el camino a seguir. Si tú conoces a algunas personas dispuestas a esto, ya que hacer sabes.
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